I.- Digamos no a la villanía del gobierno al considerarnos turistas...
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El núcleo del decreto está claramente dirigido al turista; los dominicanos (los más de dos millones que vivimos dispersos por toda la geografía universal) debemos entender que estamos exentos del pago de una tarjeta que su propio nombre especifica. Los que hemos sido expulsados del país -por los gobiernos que se han instalado desde el 25 de septiembre de 1963- no somos turistas; somos tan nativos como los que aún permanecen en la tierra que nos fue legada por Duarte, Sánchez y Mella. Este, o cualquier otro impuesto que se sustente en la prefijada categoría, no nos aplica; como manifestara Dellin Betances, "los dominicanos nacemos donde nos da la gana", expresión muy celebrada por el ministro de Turismo y otros funcionarios, acostumbrados a relamer a nuestros grandes atletas, en un restaurante de la capital dominicana en el que por desgracia de la vida nos tocó estar presentes.
Como lo evidencia la misma Constitución, "son dominicanos o dominicanas los hijos e hijas de madre o padre dominicanos; quienes gocen de la nacionalidad dominicana antes de la entrada en vigencia de esta Constitución; los nacidos en territorio nacional, con excepción...; los nacidos en el extranjero, de padre o madre dominicanos...; quienes contraigan matrimonio con un dominicano o dominicana...; los descendientes directos de dominicanos residentes en el exterior; y las personas naturalizadas...". No se nos puede aplicar un impuesto por concepto turístico sólo por desplazarnos, siendo dominicanos en ambos, de un lugar a otro; sería como exigirle a un barahonero el pago de un gravamen por trasladarse a La Romana o a Santiago. El mandato ha sido elaborado de manera confusa para llevarnos al pago del mismo, tarea que ya iniciaron las líneas aéreas.
Nueve de los diez considerandos aluden muy claramente al turista, y esos son los que motivan el edicto de marras, tal como lo hacen dos leyes, una norma general y un decreto del 8 de agosto de 1991. De todos los considerandos, el décimo es el más perverso: "Que el mecanismo de cobro generalizado del costo de la tarjeta de turismo, a través de su incorporación en el boleto aéreo, no afectaría aquellos sujetos extranjeros que, de conformidad con el marco legal vigente, están exentos del pago de la aludida tarjeta de turismo". ¿Qué significa "sujetos extranjeros", expresión que además de turbia y sospechosa es ofensiva? ¿Cómo es posible que se señale que el cobro no afectará a "aquellos sujetos extranjeros" que están exentos del pago e inexplicablemente no se consigne lo mismo para los dominicanos? Sería muy fácil para las líneas aéreas discriminar, en sus plataformas de ventas de boletos, añadiendo un campo que encadene la nacionalidad (como el pasaporte, por ejemplo) y determine si el pasaje debe incluir lo que a partir de ahora comenzará a llamarse "Tourism Tax".
Los dominicanos no somos turistas; somos nacionales con mucha más responsabilidad con la nación y con menos beneficio que los que viven en el solar (como diría Marino Zapete). Aportamos a la economía dominicana más de cinco mil millones de dólares al año -lo que nos convierte en el mejor producto de exportación de un país permanentemente desvalijado- y no recibimos el más mínimo de los favores de parte de quienes nos expulsaron a patadas.
Continuará...
Ing. Nemen Hazim Bassa
San Juan, Puerto Rico
27 de abril de 2018