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I.- Constituciones peledeístas: expresiones de travestismo...

Para la modificación de 2010 Leonel Fernández había señalado, en diversos foros, que la Asamblea Constituyente era el instrumento apropiado, pero sorpresivamente fue descartado por un sospechoso método de "consulta popular" que para nada sirvió (no podía ser de otra forma: la apariencia era el móvil)

Antes de 2010, año en que se proclamó la primera constitución morada, la Asamblea Constituyente era el mecanismo predilecto de Leonel Fernández para la modificación de la carta magna. Para septiembre de 1996, un mes después de haberse instalado como presidente, el Dr. Fernández planteaba la modificación de la Constitución por medio de ese instrumento, pero no contaba con suficiente apoyo legislativo (se percibía -porque estaba prohibida- como una reforma para validar la reelección).

Decía, ya no como primer mandatario, el 31 de diciembre de 2001: "(...) las tres principales fuerzas políticas del país suscribieron un acuerdo en virtud del cual acordaron introducir la figura jurídica de la Asamblea Constituyente..."; el 7 de enero de 2002: "(...) las principales fuerzas políticas del país firmaron un pacto en virtud del cual se comprometían a incorporar en la Constitución la figura de la Asamblea Constituyente. Todas las reformas sugeridas podrían ser valoradas en forma democrática por la Asamblea Constituyente"; el 14 de enero de 2002: "(...) nuestro país requiere de una reforma seria y responsable de la Constitución" (la lógica permite deducir, por sus expresiones previas, que "la figura jurídica de la Asamblea Constituyente" es el mecanismo idóneo para "una reforma seria y responsable de la Constitución").

El 7 de septiembre de 2002 el Dr. Fernández diría que “si la reforma de la Constitución no puede hacerse mediante una Asamblea Constituyente, que se establezca la figura del referéndum para que si una asamblea revisora la modifica, sea sometida a la aprobación de toda la población a través de ese mecanismo”. El Programa de Gobierno del PLD, elaborado por él, consignaba, para las elecciones de 2004, “(...) propiciar la Asamblea Constituyente, compuesta por miembros electos libremente por la ciudadanía, como un órgano de amplia base popular que sea una genuina expresión de la democracia” (por estas fechas pedía para Venezuela, con más urgencia que para nuestro país, una reforma constitucional por medio de ese recurso).

Para la modificación de 2010 Leonel Fernández había señalado, en diversos foros, que la Asamblea Constituyente era el instrumento apropiado, pero sorpresivamente fue descartado por un sospechoso método de "consulta popular" que para nada sirvió (no podía ser de otra forma: la apariencia era el móvil). Se habían creado unos Consejos Consultivos de la Presidencia para Dominicanos en el Exterior con el criterio de "introducir en el Estado dominicano la noción de la diáspora como elemento de desarrollo". Formamos parte de la circunscripción de Puerto Rico hasta el día en que Eduardo Selman, Coordinador General, expresara que el ególatra y omnipotente presidente dominicano había "desestimado la modificación por vía de una Asamblea Constituyente". Se impuso la megalomanía; los consejos pasaron a convertirse, al descartarse la más importante contribución de la diáspora -se había acordado que, por lo menos, dos de los integrantes de cada circunscripción, que para la fecha sumaban 14, formaran parte de la propuesta original de modificación a la Constitución-, en serviles e inoperantes, útiles sólo para la adulación y el culto a la personalidad. Perseguíamos llevar a la reforma constitucional las preceptuadas normas de vida de sociedades avanzadas, que bien pudieron servir para la reformulación del principal reglamento del país. Una constitución decorativa, pésimamente redactada, inservible e inútil, cuyos articulados se violan de manera consuetudinaria por los que tienen la obligación de hacerlos cumplir, fue la cosecha.

Esa misma Constitución, profanada por un mandatario que se autoproclamó inescrupuloso, derivó en la de 2015: un solo artículo fue modificado para permitirle a Danilo Medina -quien había dicho que "cuando un presidente decidía buscar la reelección tenía que estar en capacidad de tragarse un tiburón en descomposición sin erutar (sic)"- continuar en el poder (de manera no muy legítima: han surgido serios indicios que exponen la obtención ilícita de los recursos que se usaron tanto en la modificación de la ley fundamental del Estado como en la propia campaña reeleccionista). En un artículo anterior - "La vulgar mentira del preámbulo a las constituciones peledeístas"- habíamos analizado la introducción a ambos ordenamientos (2010 y 2015). Esa aberración no podía parir nada bueno; el resultado ha sido una caricatura, encarnada, en ambas versiones (sólo el artículo 124 las hace diferentes), por la "rubia" a la que se le desprenden "sus atributos" cuando es llevada al motel por un "motoconchista".

Continuará...

Ing. Nemen Hazim Bassa
San Juan, Puerto Rico
30 de julio de 2017