II.- Crisis de pensamiento y conceptualización: razón tenía Leonel...
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El que ha estudiado y desarrollado capacidad de pensar -y de razonar-, debe poseer los conocimientos necesarios para crear opinión propia, sin la necesidad de que los que se creen dueños de las interpretaciones legales incidan en sus criterios. Con mucha razón el doctor Fernández expresó aquellas palabras acerca del déficit en la conceptualización y la crisis de pensamiento.
Lo de la República Dominicana sobrepasa todas las expectativas: está bien que la baja pequeña burguesía sea ignorante e interprete a su manera las cosas según su conveniencia; lo que no es permisible es que núcleos de profesionales, de empresarios, de periodistas, en fin, los pequeños burgueses de las capas media y alta, y los burgueses, que se supone han estudiado y desarrollado capacidad de pensar y criterio propio, se comporten exhibiendo niveles de ignorancia que lo equiparan a los que proceden de todas las capas de la baja pequeña burguesía.
El 12 de junio de 2010 fuimos reiterativos; publicamos el artículo titulado "PLD Y PRD: SILENCIO ANTE LA REELECCIÓN", del que transcribimos lo que sigue:
El tiempo perdido en la aprobación de la ley que crea el Tribunal Constitucional, la polémica generada en su declaración hábil -sustentada en criterios equivocados-, y la influencia de una opinión pública conformada erróneamente sobre la base de que el Artículo 124 prohíbe la reelección, fueron las causas que llevaron al presidente Fernández a renunciar a sus aspiraciones para el período 2012-2016.«En un correo electrónico que le fue enviado por quien suscribe al periodista Juan Bolívar Díaz el seis de este mes, y del que circulamos una copia entre otros periodistas, ingenieros, profesores universitarios, médicos, abogados –amigos y familiares-, decíamos que el Artículo 124 no es un obstáculo para que el Dr. Leonel Fernández postule para una nueva reelección en las elecciones del 2012. Muchos dominicanos, por despreocupación o por ignorancia, desconocen la Constitución que los rige, y comparten el silencio de los partidos Revolucionario y de la Liberación.
El artículo 124, que es el único en la Constitución del 26 de enero de 2010 que reglamenta la reelección, reza como sigue:
Elección presidencial. El Poder Ejecutivo se ejerce por el Presidente de la República, quien será elegido cada cuatro años por voto directo y no podrá ser electo para el período constitucional siguiente.
Este Artículo -que como dijimos es el único que regula la reelección presidencial-, expresa lo siguiente:
El candidato electo Presidente en las elecciones del 2012 no podrá aspirar para el período constitucional siguiente (2016-2020) –o sea, no podrá participar en las elecciones del 2016-.
La proactividad de dicho Artículo, aunque muy clara, se ratifica con el Artículo 110.-
Irretroactividad de la ley: La ley sólo dispone y se aplica para lo porvenir. No tiene efecto retroactivo sino cuando sea favorable al que esté sub júdice o cumpliendo condena…».
De haberse conformado el Tribunal Constitucional -con dos o tres meses de anticipación a la fecha de radicación de candidaturas en el PLD-, y definido el Artículo 124 de la Constitución, Leonel Fernández hubiese sido el seguro candidato del Partido de la Liberación Dominicana.
Debe llegar el momento en que nuestro país, tal y como dice Leonel Fernández -y no sólo aludiendo a los políticos-, aprenda a conceptualizar y a desarrollar el pensamiento crítico. Muy pocos asumieron una postura firme con relación a la interpretación del Artículo 124. La mayoría de los dominicanos cacareaba la prohibición de la reelección sin haberle dedicado el poco tiempo que se requería para leer con detenimiento que dicho artículo, con el respaldo del 110, no prohibía la reelección. Recordamos al Dr. Jottin Cury hijo, al presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana, Diego José García, y al Dr. Carlos Pérez en Puerto Rico, como los únicos, junto a quien suscribe, en mantener una posición firme respecto a esta interpretación.
No sería mucho pedir a la sociedad dominicana que jamás permita que unos ineptos diputados y senadores se arroguen el derecho de hacer alguna modificación a la Constitución, y mucho menos que se embarquen en una redacción que los describe como puros analfabetos funcionales. El pueblo dominicano debe mantener como norte inquebrantable, a partir de este momento, que toda modificación sea realizada mediante una Asamblea Constituyente, que agrupe la intelectualidad dominicana y los valiosos recursos de la diáspora, que con mucho sacrificio ha aprendido a vivir en sociedades que se comportan como tales, no como fincas propiedad de los que detentan el poder.
Por último, para concluir, queremos señalar que si el comportamiento del Presidente es tan transparente y sincero como el discurso pronunciado hoy, declinando a una nueva reelección, Danilo Medina emerge como un seguro ganador de unas elecciones internas que a todas luces se muestran innecesarias; es muy difícil que los partidarios de Leonel Fernández, siempre en el plano de la honestidad y el compromiso con la imparcialidad, se agrupen en un bloque monolítico en contra de la figura del Lic. Medina.
Nos encaminamos al segundo encuentro entre Danilo Medina e Hipólito Mejía. El primer encuentro fue ganado ampliamente por el Ing. Mejía; este segundo luce ser uno muy interesante, más reñido, en el que saldrá victorioso aquel que logre conquistar los votos de los que no ejercen la actividad política.
La salida del escenario electoral del Dr. Fernández le dificulta las cosas al PLD, pero no al punto de no tener posibilidades de triunfo.
Fin...
Ing. Nemen Hazim Bassa
San Juan, Puerto Rico
8 de abril de 2011