Leonel Fernández y la Asamblea Constituyente
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Para septiembre del 1996, un mes después de haberse instalado el gobierno del PLD, Leonel Fernández planteaba la modificación de la Constitución por medio de una Asamblea Constituyente, siendo presidente constitucional de la República Dominicana pero no teniendo apoyo legislativo, ya que la mayoría, en ambas cámaras, le era adversa.
El 31 de diciembre del 2001, ya no como presidente de la República, decía, en un artículo titulado PLD, reelección y extensión congresual (Nuevo Paradigma, 2da Edición, página 227): “Por diferentes medios, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) ha manifestado su oposición a que en estos momentos se realice una reforma a la Constitución de la República con el objetivo de reincorporar la reelección presidencial y extender el actual mandato de los congresistas hasta el año 2004”. Se repetía exactamente lo mismo del 1996, con la diferencia de que el PRD ejercía el control de los poderes Legislativo y Ejecutivo. Más adelante señalaba “…las tres principales fuerzas políticas del país suscribieron un acuerdo en virtud del cual acordaron… introducir la figura jurídica de la Asamblea Constituyente. El PLD hizo sus reservas respecto al porcentaje de votación… ya que consideraba que esa medida… debería ser conocida en una Asamblea Constituyente…”. Para el último día del 2001, y como opositor, Leonel Fernández planteaba de nuevo la modificación de la Constitución por medio de una Asamblea Constituyente.
El 7 de enero del 2002, apenas siete días después de haberse expresado al respecto, y como para ser reiterativo, en el artículo La Suprema Corte y las tendencias del PRD (Obra citada, página 190), decía, desde la oposición, refiriéndose al Ing. Hipólito Mejía, que “…el Presidente… actuó en forma correcta cuando designó por decreto una comisión integrada por representantes de diversas organizaciones de la vida nacional, con la finalidad de identificar los distintos aspectos a ser incluidos dentro de una verdadera reforma a la Constitución de la República. La comisión cumplió su cometido… las principales fuerzas políticas del país firmaron un pacto en virtud del cual se comprometían… a incorporar en la Constitución la figura de la Asamblea Constituyente (entre otras propuestas, NH). Todas las reformas sugeridas… podrían ser valoradas en forma democrática por la Asamblea Constituyente”. Para los primeros días del año 2002, y desde la misma oposición, Leonel Fernández se hacía reiterativo: la Constitución debe modificarse por medio de una Asamblea Constituyente.
El 14 de enero del 2002, haciéndolo ya en forma repetitiva, el Dr. Fernández alude la modificación de la Constitución, esta vez sin mencionar la Asamblea Constituyente como el mejor instrumento para ejercer dicha acción. (Ver Psicopatología de la política dominicana -Nuevo Paradigma, páginas 165 a 167-). Se basta de las siguientes palabras para describir el tipo de modificación que requiere nuestra Constitución: “La importancia de la existencia de figuras jurídicas de esa categoría (Control preventivo de la constitucionalidad por parte de la Suprema Corte de Justicia, NH)… es una prueba adicional de que nuestro país requiere de una reforma a la Constitución… seria y responsable…”. Y una reforma “seria y responsable”, tal y como la describe, es exactamente una modificación por medio de una Asamblea Constituyente... por una razón muy simple: aunque nuestro “genio” es tan cambiante, y alude con tanta frecuencia “los nuevos tiempos”, no es posible que, habiendo planteado la Asamblea Constituyente el 31 de diciembre del 2001 y el 7 de enero del 2002, la forma que plantea para el 14 de enero del 2002, apenas siete días después, sea diferente.
Para las elecciones del 2004, y en el Programa de Gobierno 2004-2008 del Partido de la Liberación Dominicana, se consigna lo siguiente, en la página 32:
Como objetivos de la reforma se señalan: “Impulsar la aprobación de una carta sustantiva moderna, desarrollista, democrática y participativa…, registrar los principales cambios que demanda la sociedad en los aspectos institucionales, económicos, sociales y políticos y lograr la consolidación y estabilidad de la vida democrática”. Dentro de las estrategias sobresale y aparece como primera en el orden establecido: “Propiciar la Asamblea Constituyente, compuesta por miembros electos libremente por la ciudadanía, como un órgano de amplia base popular que sea, por eso mismo, una genuina expresión de la democracia…” (Negritas de NH). Esta propuesta de modificación de la Constitución, por medio de la Asamblea Constituyente, plasmada en el programa de gobierno del PLD para el período 2004-2008, es otra más de las tantas que conforman los postulados oficiales del partido y de su presidente, quien actualmente ocupa la jefatura del Estado dominicano.“La Constitución de la República… debe ser reformada en consonancia con los cambios y las expectativas de la sociedad moderna, en su dimensión institucional, económica, social y política. Las exigencias de una sociedad más democrática y más plural y una nueva revalorización de los derechos y deberes ciudadanos crean el escenario propicio para una amplia reforma, en la que prime el consenso y la libertad de propuestas…”.
Para todas estas peticiones de modificación de la Constitución no había que gastar tanto dinero; no había que modificar la Constitución dos veces, primero para introducir la figura jurídica de la Asamblea Constituyente y, luego, para convocar la misma y hacer la modificación propiamente dicha; no había que hacer nuevas elecciones para elegir a los constituyentes; no había que perder tanto tiempo… Pero resulta que, para modificar la Constitución en los momentos actuales, por medio de una Asamblea Constituyente, hay que gastar mucho dinero; hay que modificar la Constitución dos veces: hay que celebrar nuevas elecciones para elegir a los constituyentes; se pierde mucho tiempo… los legisladores están en el momento justo de consagrarse con la gloria. ¿Tiene el Dr. Fernández forma alguna de explicar todas estas incongruencias? ¿Será que los actuales son “tiempos nuevos”?
¿Cómo puede justificar que Venezuela requería una reforma constitucional por medio de una Asamblea Constituyente con más urgencia que nuestro país?
¿Acaso nuestra democracia era más sólida y mejor cimentada que la venezolana?
¿Acaso las estructuras del Estado venezolano eran inferiores a las del Estado dominicano?
¿Acaso fue a Venezuela a quien la revista “Foreign Policy” y el grupo Fondo para la Paz, en Washington, consideraron un Estado fallido?Si no nos equivocamos, ¿No fue el doctor Leonel Fernández quien dijo “En nuestro país … el absurdo se hace posible (y) lo inconcebible se torna real”? -Paréntesis míos, NH-.
¿Cómo puede el doctor Leonel Fernández hablar de consenso y de participación ciudadana si hasta el preámbulo ya lo seleccionó? Dentro de toda esa exhibición “académica” que ejecutó tan bien, ¿qué le costaba señalar que la Constitución del 1963, la que se implementó en el gobierno del profesor Bosch, sí tenía preámbulo?…¡Por Dios, presidente Fernández!
“Nos, los Diputados del pueblo de la Nación Dominicana, reunidos en Asamblea Revisora de la Constitución por voluntad y elección de las provincias y el Distrito que la componen, en cumplimiento del mandato recibido el 20 de diciembre de 1962 para proveerla de una Carta Fundamental humana, democrática y revolucionaria, para nosotros, para nuestros descendientes y para todos los hombres de buena voluntad que quieran convivir con los dominicanos, invocando el amparo de Dios para que los altos fines por ella perseguidos sean cabalmente alcanzados y mantenidos, MANDAMOS Y ESTABLECEMOS LA SIGUIENTE CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN DOMINICANA”… Así rezaba el preámbulo de la Constitución del 1963, cuya abrupta interrupción provocó el estallido de una revolución, para abril de 1965, por el retorno a la Carta Sustantiva más avanzada que ha conocido la historia de la República Dominicana, ejemplo único en la América nuestra que enaltece la figura del más grande de los dominicanos, el profesor Juan Bosch, a quien el Dr. Fernández deja de reconocerle grandeza y quien sí se preocupó por establecer un Estado Social de Derecho, no en palabras y sí en realidades.
¿Tenía Leonel Fernández bien definido quién fue el dictador para quien se hizo la Constitución bajo la que ejerce la actual presidencia de la República, salvo las contadas enmiendas producto de la crisis de las elecciones del 1994 y las que se ejecutaron en julio del 2002?
Recordamos que en el ejercicio académico que exhibió en la Alma máter de la Universidad Autónoma de Santo Domingo -con “…el país casi paralizado por una escasez de combustibles, sin que… el gobierno oficialmente dé una única explicación del hecho, con un sistema energético al borde del colapso, con pánico por una epidemia de dengue que ha cobrado decenas de vidas en ciernes y con la amenaza de otra de rubéola, con parálisis en el servicio del transporte, con denuncias de centenares de miles de niños que no han podido iniciar el año escolar por falta de aulas…” (César Pérez, Sociólogo, Clave Digital, 11 de octubre de 2006)- señaló que muchas de las prerrogativas que favorecen al jefe del Estado están concebidas para un dictador y, si la memoria no nos falla, se refería nada más y nada menos que al “dictador” Joaquín Balaguer, bajo cuya presidencia se realizó la última modificación sustantiva a la Carta Magna y bajo la que gobierna el doctor Fernández, quien le celebró al Dr. Balaguer un reconocimiento póstumo, político-partidista, por agradecimiento a los reformistas que votaron por su candidatura, en el Palacio Nacional, con los dineros del pueblo dominicano, adjudicándole “estatura política, simbolismo positivo y grata recordación para muchos dominicanos”.
¡Caramba…! ¿Puede alguna persona sensata explicar cómo puede el doctor Fernández entrar en tantas contradicciones?… ¿Puede alguien explicar por qué tanta ambivalencia?
El doctor Leonel Fernández expresó, respecto a la doble ciudadanía de los dominicanos, que esta atribución corresponde a todos los conciudadanos que residen en el exterior y que optan por una segunda ciudadanía, olvidando que entre el año 1966, cuando el Dr. Balaguer eliminó la doble ciudadanía en la Constitución que se promulgó para la época, y el 1994, cuando se aprobó de nuevo -producto de unos arreglos que resultaron de la crisis electoral, típica de las contiendas en las que participaba el “símbolo positivo” que encarnaba la figura del Dr. Balaguer-, existen ciudadanos que han dejado de ser dominicanos, pues la aprobación de la doble ciudadanía del 1994 no le confiere carácter retroactivo a los que perdieron la dominicanidad producto de la Constitución de 1966. ¡Lo increíble de todo esto es que él y el Dr. Enmanuel Esquea Guerrero eran los únicos que analizaban la situación en los medios de comunicación y, entendemos que, juntos o por caminos diferentes, ambos buscaban solución a los huérfanos de la dominicanidad! ¡Vaya olvido del Dr. Fernández!… ¿OLVIDO?
Sugerimos al Dr. Leonel Fernández que se dedique a trabajar para la Organización de Estados Americanos (OEA) o para la Organización de las Naciones Unidas (ONU); que se dedique a investigar la forma de cómo implementar La Tercera Vía en la República Dominicana o en Haití; o que se dedique a impartir docencia en alguna de nuestras universidades, actividades para las que tiene sobradas aptitudes.
Ing. Nemen Hazim
San Juan, Puerto Rico
12 de octubre del 2006